Una explicación breve sobre delitos graves y modificaciones de la ley

Por Leonardo Ignacio Martínez Sandoval

Recientemente la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores en México están discutiendo acerca de actualizar la lista de delitos graves en la Constitución. Van más detalles para entender el fenómeno completo.

Como contexto, cuando a una persona se le acusa de un crimen, típicamente puede llevar su juicio «en libertad» si paga una «fianza» (un monto de dinero específico).

«Delito grave» se puede entender como una expresión coloquial, o como una expresión legal. Como expresión coloquial hay muchas cosas que como sociedad creemos que son graves. Como figura legal, que algo sea «delito grave» quiere decir que la forma en la que se trata al acusado es distinta. Muy concretamente, bajo una acusación de «delito grave» al acusado se le exige llevar a cabo su juicio en prisión, mientras se determina su culpabilidad. A esto se le llama «prisión preventiva». A partir de aquí sólo usaré el término en su forma legal.

Al realizarse un cambio de ley para cambiar qué delitos entran o no a la lista de delitos graves se necesitan poner principalmente dos cosas en la balanza:

  • Por un lado, no se pueden poner demasiados delitos en la lista pues esto atenta en derechos humanos al negar la presunción de inocencia en más situaciones. Aquí se tienen que escuchar a las organizaciones de derechos humanos
  • Por otro lado, se tienen que agregar delitos en los que el daño potencial que el acusado pudiera hacer sobrepasan por mucho el hecho de tener a un inocente detenido. Aquí se tienen que escuchar a las víctimas de los delitos y ponderar el daño total hecho.

Estas no son preguntas legales fáciles. La iniciativa que ahora está rondando en el Senado y el Congreso busca encontrar un balance correcto entre qué agregar y qué no. Algo que me gustaría dejar claro es que ni el Senado ni el Congreso están quitando delitos graves de la Constitución, sino que están decidiendo entre cuales agregar y cuáles no.

Los de la imagen a la izquierda son los que ya están, y seguirán estando. Los de la derecha son los que parece ser que ambas cámaras aprueban. Algo que circulan actualmente las noticias es que el Senado quiere poner también los siguientes:

  • Abuso contra menores
  • Feminicidio
  • Robo a casa habitación
  • Robo a transporte de carga
  • Desaparición forzada
  • Delitos en materia de armas de fuego y explosivos

Yo estoy de acuerdo con que se incluya abuso a menores y desaparición forzada. Estoy de acuerdo con que se agregue feminicidio, pero no se si legalmente ya entra en la prisión preventiva del homicidio. Con robo a casa y a transporte, no me queda claro que la balanza sea suficiente como para privar de libertad sin sentencia. Finalmente, el último ¡ya es! No entiendo por qué lo ponen en la lista.

Update: Ya me contaron que acerca del último punto parece ser que lo que está a discusión es «portar armas exclusivas para los militares».

Para los interesados, pueden consultar la nota de Animal Político y la Constitución:

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/19.pdf

1 comentario en “Una explicación breve sobre delitos graves y modificaciones de la ley

  1. Carmen Castañeda

    si en articulo 19 estaban catalogados como graves, porque ponen en riesgo a otra persona, no alcanzo a comprender, porque para los diputados dejo de serlo.

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